Boletin N° 13/2009 del Honorable Tribunal de Penas de la ATBB

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HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS DE LA A.T.B.B. – BOLETIN N° 13/2009

En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los 17 días del mes de Junio de 2.009, siendo las 12:00 hs. se reúne el Honorable Tribunal de Penas, conformado de la siguiente manera: DR. MARTIN PICON, DR. HORACIO GUILLEN, DR. MATIAS GALIANO, DR. GONZALO RODRIGUEZ, DR. SEBASTIAN VILLAFAÑE, los cuales resuelven lo siguiente:

AUTOS Y VISTAS.-

PARTIDO AVELLANEDA CENTRAL VS. REDES ARGENTINAS. Categoría INFERIORES. De fecha 16 de Junio de 2.009. Conforme Informe de los árbitros BARRIONUEVO E INOCHEA, se solicita descargo al Jugador ROSALES F. – Carnet N° 060 del CLUB REDES ARGENTINAS, a fin de informar sobre los hechos acaecidos en el encuentro de referencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 33 y 34 del Código de Procedimiento. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 23 de Junio a 20:00 hs.

PARTIDO BELGRANO VS. ALDERETE. Categoría INFANTILES. De fecha 12 de Junio de 2.009. Conforme Informe de los árbitros ALLENDE, se solicita descargo al Jugador el Sr. Totho E. – Carnet 086 del CLUB ALDERETE, a fin de informar sobre los hechos acaecidos en el encuentro de referencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 33 y 34 el Código de Procedimiento. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 23 de Junio a 20:00 hs.

PARTIDO REDES ARGENTINAS VS. ASOC. MITRE. Categoría 1° DIVISION. De fecha 16 de Junio de 2.009. Conforme Informe de los árbitros BENEDEK Y CISNEROS, se solicita informe al Consejo Unico a este Tribunal a quien hacia las veces de local en el encuentro de referencia, y a los Jueces del encuentro BENEDEK Y CISNEROS porque no dirigieron el encuentro, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 33 y 34 el Código de Procedimiento. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 23 de Junio a 20:00 hs.

RESOLUCIONES DEL H.T.P.

PARTIDO ALDERETES VS. J.B. ALBERDI. Categoría CADETES. De fecha 08 de Junio de 2.009. VISTO Informe de los árbitros IBAÑEZ Y CISNEROS, y descargo del PRESIDENTE DEL CLUB ALDERETES. CONSIDERANDO que la conducta en que incurrió se encuentra prevista y tipificada en el Art. 77 inc. B del Codigo de Penas de la C.A.B.B., debido a que el mismo acometió contra una de las autoridades del encuentro, no llegando a su cometido debido a la intervención de terceros. Asi también, cabe el concurso real de penas debido a que su actuar también encuentra asidero en el Art. 60 inc. C -1). Por lo expuesto este H.T.P. RESUELVE:

APLICAR la pena de suspensión para desempeñarse en sus funciones por el término de 3 (TRES) meses desde la recepcion del presente.

APLICAR la multa de 10 (diez) AJC al CLUB ALDERETES, la misma deberá ser cumplida dentro de las 72 hs de recibida la presente.

Con respecto al encuentro, prosiga el mismo según su estado. Se solicita al Consejo Unico que reprograme dicho encuentro a fin de poder finalizar el mismo.

PARTIDO REDES ARGENTINAS VS. JUVENTUD UNIDA. Categoría INFANTILES. De fecha 08 de Junio de 2.009. VISTO Informe de los árbitros INOCHEA Y BRISEÑO y descargo de los Técnicos del CLUB REDES ARGENTINAS Y JUVENTUD UNIDA.

Se solicita al Consejo Unico que Reprograme el partido de referencia, continuando con el marcador al momento de la interrupción de acuerdo a la planilla de juego.

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Dr. Guillen.                                                 Matías Galiano.-

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Gonzalo Rodríguez.-                           Sebastián Villafañe.-