Fixture y Reglamento Oficial del Campeonato Argentino de Clubes del NOA

En la sede de la Federación Tucumana se reunieron los representantes de los 6 clubes tucumanos con el Vice Presidente del Comité Regional EDMUNDO ROBLES AVALOS.

Lista de Buena Fe de los clubes de Tucumán

El miércoles 3 fué el último día para presentar las listas de buena fé de los equipos que participarán en la XIV edición del Campeonato Argentino de Basquetbol del NOA.

En la sede de la Federación Tucumana de Basquetbol se reunieron representantes de los seis clubes tucumanos que participarán en esta competición (zona «A» ) con el VicePresidente del Comité Regional Edmundo «Dady» Robles Avalos, en la ocasión se repartió el fixture y el reglamento OFICIAL de la competición, información que transcribimos a continuación:

ZONA SUR (grupo «A»):

1- Tucumán BB (Tucumán)
2- Estudiantes (Tucumán)
3- Alberdi (Tucumán)
4- Talleres (Tucumán)
5- Asociación Mitre (Tucumán)
6- Atlético Tucumán (Tucumán)

ZONA NORTE (grupo «B»):

1- Villa Soledad (Salta)
2- Sargento Cabral (Salta)
3- Atlético Gorriti (Jujuy)
4- Ciudad de Nieva (Jujuy)
5- El Tribuno (Salta)
6- Colonia Santa Rosa (Salta)

PRIMERA RUEDA:

El comienzo de la competición esta programado para el día lunes 8 de marzo de 2010 a las 22 hs (se jugará todos los lunes a la misma hora).

1º Fecha: Día 8/3/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Tucumán BB vs. Atlético Tucumán
Estudiantes vs. Asociación Mitre
Alberdi vs. Talleres
ZONA NORTE
Villa Soledad vs. Colonia Santa Rosa
Atlético Gorriti vs. Ciudad de Nieva
Sargento Cabral vs. El Tribuno

2º Fecha: Día 15/3/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Atlético Tucumán vs. Talleres
Asociación Mitre vs. Alberdi
Tucumán BB vs. Estudiantes
ZONA NORTE
El Tribuno vs. Villa Soledad
Ciudad de Nieva vs. Sargento Cabral
Colonia Santa Rosa vs. Atlético Gorriti

3º Fecha: Día 22/3/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Estudiantes vs. Atlético Tucumán
Alberdi vs. Tucumán BB
Talleres vs. Asociación Mitre
ZONA NORTE
Villa Soledad vs. Ciudad de Nieva
Colonia Santa Rosa vs. El Tribuno
Atlético Gorriti vs. Sargento Cabral

4º Fecha: Día 29/3/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Tucumán BB vs. Talleres
Estudiantes vs. Alberdi
Atlético Tucumán vs. Asociación Mitre
ZONA NORTE
Sargento Cabral vs. Villa Soledad
El Tribuno vs. Atlético Gorriti
Ciudad de Nieva vs. Colonia Santa Rosa

5º Fecha: Día 5/4/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Alberdi vs. Atlético Tucumán
Talleres vs. Estudiantes
Asociación Mitre vs. Tucumán BB
ZONA NORTE
Villa Soledad vs. Atlético Gorriti
Colonia Santa Rosa vs. Sargento Cabral
Ciudad de Nieva vs. El Tribuno

SEGUNDA RUEDA:

6º Fecha: Día 12/4/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Atlético Tucumán vs. Tucumán BB
Asociación Mitre vs. Estudiantes
Talleres vs. Alberdi
ZONA NORTE
Colonia Santa Rosa vs. Villa Soledad
Ciudad de Nieva vs. Atlético Gorriti
El Tribuno vs. Sargento Cabral

7º Fecha: Día 19/4/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Talleres vs. Atlético Tucumán
Alberdi vs. Asociación Mitre
Estudiantes vs. Tucumán BB
ZONA NORTE
Villa Soledad vs. El Tribuno
Sargento Cabral vs. Ciudad de Nieva
Atlético Gorriti vs. Colonia Santa Rosa

8º Fecha: Día 26/4/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Atlético Tucumán vs. Estudiantes
Tucumán BB vs. Alberdi
Asociación Mitre vs. Talleres
ZONA NORTE
Ciudad de Nieva vs. Villa Soledad
El Tribuno vs. Colonia Santa Rosa
Sargento Cabral vs. Atlético Gorriti

9º Fecha: Día 3/5/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Talleres vs. Tucumán BB
Alberdi vs. Estudiantes
Asociación Mitre vs. Atlético Tucumán
ZONA NORTE
Villa Soledad vs. Sargento Cabral
Atlético Gorriti vs. El Tribuno
Colonia Santa Rosa vs. Ciudad de Nieva

10º Fecha: Día 10/5/2010 a las 22 horas

ZONA SUR
Atlético Tucumán vs. Alberdi
Estudiantes vs. Talleres
Tucumán BB vs. Asociación Mitre
ZONA NORTE
Atlético Gorriti vs. Villa Soledad
Sargento Cabral vs. Colonia Santa Rosa
El Tribuno vs. Ciudad de Nieva

Clasificación General 1º Fase:

Clasifican los cuatro (4) primeros equipos de cada zona, los otros equipos dejan de participar.

1º Play Off: Al mejor de TRES partidos: 14/17 y 18/05/2010 a las 22 hs.

A) 1º ZONA SUR   VS.  4º ZONA NORTE

B) 2º ZONA SUR   VS.  3º ZONA NORTE

C) 1º ZONA NORTE   VS.  4º ZONA SUR

D) 2º ZONA NORTE   VS.  3º ZONA SUR

2º Play Off: Semifinal mejor de TRES partidos: 21/24 y 25/05/2010 a las 22 hs.

1) GANADOR PARTIDO «A» VS. GANADOR PARTIDO «D»

2) GANADOR PARTIDO «C» VS. GANADOR PARTIDO «B»

3º Play Off: FINAL mejor de CINCO partidos: 31/05, 1/6/7/8 y 11/06/2010, a las 22 hs.

GANADOR PARTIDO «1» VS. GANADOR PARTIDO «2»

MUY IMPORTANTE:

1) Al finalizar la fase regular del torneo los clubes serán clasificados del 1º al 8º puesto de la tabla general entre las dos zonas de acuerdo al puntaje total obtenido y/o al coeficiente correspondiente a la finalización de las dos ruedas.

2) En todas las fases la localía en el tercer juego la tiene el mejor clasificado en la TABLA del 1º al 8º como así tambien en el quinto juego de la final del torneo. Los Playoff al mejor de tres partidos, el primero se juega en el Club que tenga la desventaja deportiva y los otros dos partidos en el club con ventaja deportiva.

En el caso de los playoff a cinco partidos (finales), se juega los dos primeros partidos en el club que obtuvo la ventaja deportiva, los siguientes dos partidos (si es necesario) se juega en el club con desventaja deportiva, y de jugarse el quinto partido, se llevará a cabo en el club que tiene la ventaja deportiva.

3) La presentación de las listas de buena fe vence el día 3/3/2010 para todos los clubes que participan del campeonato, las mismas deben estar refrendadas por la ASOCIACION si la tienen y en todos los casos por la respectiva FEDERACION, quien inmediatamente la enviará via fax al COMITE REGIONAL, hasta horas 21.00 del día 3/3/2010. T.E.-FAX: 0388-4227960, teniendo en cuenta lo que establece la REGLAMENTACION EN VIGENCIA.

4) Infraestructura deportiva: Se permitirá jugar en pisos deportivos y no deportivos (excepto en semifinal y final), que deberá jugarse en canchas con piso deportivo.

5) Todos los jugadores deben presentar la siguiente documentación para poder estar en condiciones de jugar: DNI, PASAPORTE O CEDULA DE POLICIA FEDERAL, CERTIFICADO DE APTITUD FISICA Y ELECTROCARDIOGRAMA.

6) El Comité Regional tendrá a su cargo la habilitación de los estadios de juego propuestos por los clubes inscriptos.

7) Los teléfonos de interes son los siguientes:

– Presidente del Comité Regional: Sr. Juan Carlos Cuadri T.E.-FAX 0388 4227960, celular 0388 154971954.

– Vice-Presidente del Comité Regional: Sr. Edmundo Robles Avalos celular 0381 154470123

– Secretario del Comité Regional:

8) El reglamento del Torneo y el reglamento del campeonato argentino de clubes podrán solicitarlo en las respectivas federaciones.

Comite Regional, Febrero 2010
Juan Carlos Cuadri
PRESIDENTE

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Ayer se puso a disposición de los clubes participantes de esta 14º  edición de la ex Liga C el Reglamento Oficial de la competición, que aquí en el norte se lo conoce como «reglamento michavila»,porque este señor siempre lo tenia oculto en su saco y sólo sacaba un par de hojas para mostrarlo y lo volvía a esconder, un grotesco que tenemos que agradecer a su mentor y protector  Horacio Muratore.

Esta  zona parece una isla que queda fuera de la Argentina, con sus propias costumbres y reglas, las que son distintas a las demás disposiciones que rigen para otras federaciones nacionales de basquetbol y para que contar de otros comités, por ejemplo en del NEA, que tiene otras reglas y otros costos, como el siempre señalado 600 $ vs. 2.000 $ que sale inscribir un club en la misma competencia, pero una es del noroeste y la otra del noreste.

El campeonato ya comienza y tenemos que regirnos por algún reglamento, así que tomé el que rige para la misma competición pero del lado NEA del país y lo corregí según nuestro «reglamento michavila», repartido anoche por nuestros dirigentes de la Federación Tucumana.

Hay que observar que:  los parrafos tachados, según nuestro comité regional no existen, hay que ignorarlos, lo que está escrito en rojo son agregados válidos (según ellos logicamente), lo escrito en rosa, está corregido con lapicera en el original repartido anoche (edad máxima de los jugadores menores).

La frutilla del postre es que Santiago del Estero no está más en nuestra región, ahora pertenece junto a La Rioja y Catamarca a una supuesta REGION 8, será porque protestan muchos estos santiagueños ? Ahora que Angel Belloumini proteste a otro lado, todavía no se enteró que los tucumanos somos más picaros ??  encima nos protege el gordo Muratore (esto debe pensar Michavila).

La verdad que todo el basquet del norte cada día se parece al basquetbol de Bolivia, en especial por sus dirigentes, y tengo que decir que  Santiago del Estero nos despierta una sana envidia,  hace muchos años ibamos en tren hasta La Banda a ver buen basquetbol, ahora gracias a Menem vamos en omnibus…. En la actualidad es imperdible un clásico OLIMPICO vs QUIMSA, pero aqui somos mas pícaros, y así nos va …..

REGLAMENTO DEL CAMPEONATO ARGENTINO DE CLUBES CATEGORÍA»C»

CAPÍTULO I

DE SU CREACIÓN – AUTORIDADES Y REPRESENTANTES

Articulo 1: Con la denominación de Campeonato Argentino de Clubes , crease un torneo que se disputará en todo el territorio de la Republica Argentina, bajo la organización y supervisión y control de la Confederación Argentina de Básquetbol (CABB) y se regirá por la presente reglamentación.

Artículo 2: El Campeonato Argentino de Clubes Categoría , se desarrollará anualmente, en la oportunidad que fije la CABB, entre la primera semana del mes de febrero y el 30 de agosto de cada año.

Articulo 3: Cada Federación clasificará anualmente hasta dos (2) equipos para el Campeonato Argentino de Clubes Categoría Mayores. En caso que una Federación no complete su cupo, su lugar puede ser ocupado por otro club perteneciente a una Federación de la misma Región. Las plazas faltantes serán asignadas según el siguiente orden:

  1. Por acuerdo Federación/Región.
  2. Por licitación.
  3. Por Sorteo

Articulo 4: las Regiones Federativas  para esta competencia, estarán compuestas de la siguiente manera:

Región:

  1. BUENOS AIRES – CAPITAL FEDERAL
  2. CORDOBA – SANTA FE – ENTRE RIOS
  3. FORMOSA – CHACO – CORRIENTES – MISIONES
  4. TIERRA DEL FUEGO – SANTA CRUZ – CHUBUT
  5. NEUQUEN – RIO NEGRO – LA PAMPA – MENDOZA
  6. SAN LUIS  LA RIOJA SAN JUAN– CATAMARCAMENDOZA
  7. TUCUMAN – SALTA – JUJUY – SANTIAGO DEL ESTERO
  8. CATAMARCA – LA RIOJA – SANTIAGO DEL ESTERO

Este ordenamiento regional es a los fines administrativos y de organización deportiva.

Articulo 5: Los clubes que logren el primer puesto en la clasificación Regiona de cada Federación Federativa, Los clubes clasificados primeros (1º) en cada Torneo Regional (7 equipos), más el mejor de los segundos (2º) (un (1) equipo), Obtendrán el derecho a participar de la siguiente instancia programada y fiscalizada por la CABB. Para determinar el orden de mérito de los equipos clasificados en segundo lugar en los Torneos Regionales, se aplicará el sistema de coeficientes obtenidos conforme el procedimiento de gol average (total de goles a favor dividido total de goles en contra), siendo el mejor el que tiene el coeficiente más alto. Si existe empate, se sorteará entre quienes igualaron.

Los ocho (8) equipos clasificados participarán en dos (2) cuadrangulares, por licitación, denominados Grupo Sur y Grupo Norte, que se integrarán de la siguiente forma: , donde los dos (2) primeros de los mismos clasificarán para la Liga Nacional «B», siempre que participen en un cuadrangular final, también por licitación, para clasificar al Campeón Argentino; en caso que alguno de los clubes finalista no participe, las plazas serán ocupadas por los restantes clubes de acuerdo al orden de clasificación. La CABB podrá establecer anualmente, previo a la iniciación del torneo, cuantos clubes ascenderán.

Grupo Sur: Ganador Región 4, Ganador Región 5, Ganador Región 1 y Mejor 2º del resto.

Grupo Norte: Ganador Región 7, Ganador Región 3, Ganador Región 6 y Ganador Región 2.

Los dos (2) primeros (1º) clasificados en cada Grupo obtendrán el derecho de participar del Cuadrangular Final (Final Four), cuya sede se adjudicará por licitación..

En el caso de deserción de alguno de los clubes participantes en las etapas precedentemente establecidas, su lugar será ocupado por el club que le siga en el respectivo Torneo Regional. Si el club que deserta es el mejor segundo (2º) lo reemplazará el club que le sigue en el orden general de los mejores segundos (2º).

Accederán a la competencia de la Liga Nacional de Clubes “B”: el primero (1º), el segundo (2º) y el tercero (3º) de los clasificados en el Cuadrangular Final. Si alguno de estos clubes desiste, el lugar será cubierto por el cuarto (4º), no existiendo en esta etapa otros reemplazos que el indicado, aunque se produjeren vacantes, en cuyo caso las mismas no se cubrirán.

En la primera Etapa Regional, en caso de no conformarse la competencia con un mínimo de cuatro (4) clubes, la misma no se concretará y los postulantes inscriptos en la misma serán incorporados por la CABB a la región geográfica más cercana. En tal caso esta región clasificará a dos (2) equipos para el cuadrangular de la etapa siguiente.

Las Federaciones deberán informar a la CABB el Cronograma Anual de Competencias en la primera semana del mes de abril de cada año, y presentar el resumen de la actividad desarrollada durante dicho año con la antelación suficiente como para ser tratado en la Reunión de H.C.D. previa a la Asamblea General Ordinaria de cada año.

Queda establecido que el club que pretenda participar de este Campeonato Argentino de Clubes deberá haber participado regularmente en las competencias oficiales de la Federación a que pertenece, circunstancia que se comprobará consultando la información que se haya recibido según las pautas precedentes.

Artículo 6: Los clubes que participaron en las distintas instancias del Campeonato Argentino de Clubes Categoría  «C» y no hayan clasificado para la liga Nacional ‘B”, como así también, los equipos que descendieran de la temporada anterior participarán directamente de los campeonatos locales de cada Asociación o Federación.

Artículo 7: Los partidos serán arbitrados por Jueces Nacionales y Federativos, los que previo al torneo deberán participar en una Clínica Evaluativa organizada por el Departamento Técnico de CABB, que además efectuará las designaciones correspondientes a cada fecha.-

Artículo 8: Los Clubes deberán inscribirse en su Federación de origen, quien la elevará al Comité Regional y a la CABB, para su aprobación definitiva:

a)    Solicitud de inscripción donde conste con carácter de Declaración Jurada, conocer los Reglamentos y Estatutos de la CABB y de las Reglas Internacionales FIBA, a los cuales se comprometen dar fiel y estricto cumplimiento.

b)   Nombre de la Institución, domicilio y lista completa de las autoridades de la misma, número y fecha de otorgamiento de Personería Jurídica, domicilio que constituye y dónde serán válidas todas las notificaciones que se realice, y número de teléfono, tele-fax o Fax y e-mail.

c)    Informar la cancha donde actuarán como locales y que reúnan los requisitos que se establecen en el capítulo «De las Canchas y Elementos de Juego” de este reglamento, debiendo dejar constancia de la dirección de otro estadio alternativo siempre que reúna similares condiciones.

d)    Si no es propietario del estadio deberá cumplimentar con el Artículo 16 de este reglamento.

e)    Pago de los aranceles respectivos, conforme sistema arancelario de la Confederación Argentina de Básquetbol, que deberán estar depositados en la cuenta correspondiente antes de la inscripción.-

Artículo 9: Las Federaciones son las representantes naturales de los clubes intervinientes y clasificados para las distintas instancias en disputa, procediendo a avalar su inscripción, certificación de Listas de Buena Fe, observando las normas del Fichaje Nacional Único y demás reglamentaciones, y cualquier situación conducente para la mejor aplicación de este Reglamento.

Artículo 10: El Tribunal Disciplinario será el de CABB, que actuará como Tribunal único aplicando los Códigos de Penas y Procedimientos de CABB.

CAPÍTULO II

DE LOS EQUIPOS Y DELEGACIONES

Artículo 11: Los Clubes que participen en el Campeonato Argentino de Clubes , podrán participar en la competencia solos o mediante fusiones deportivas de no más de cinco (5) Clubes de una misma Asociación, y procederán a presentar una Lista de Buena Fe, con jugadores debidamente habilitados para el club por la Confederación Argentina de Básquetbol y la Federación respectiva de su jurisdicción, con cinco (5) días antes del comienzo del Campeonato en cada Región Federativa. Con dicho plantel se jugará hasta las competencias finales que establece este reglamento

Artículo 12: La Lista de Buena Fe deberá cumplir con la totalidad de los puntos siguientes:

a)    Incluir hasta veinte (20) jugadores de hasta dieciocho (19) años cumplidos en el año del Campeonato y habilitados reglamentariamente para el club, y catorce (14) jugadores mayores de 19 años, todos de nacionalidad Argentina, conforme lo establece el Reglamento de Campeonatos Argentinos de Selecciones.

b)   En las Listas de Buena Fe se consignarán el nombre y apellido completos de jugadores y cuerpo técnico, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de DNI, los que deberán ser agrupados por año de nacimiento.

c)    Una vez presentadas las Listas de Buena Fe, no se admitirán reemplazos de jugadores hasta finalizada la Competencia Nacional, en todas sus fases.

d)    Las Listas de Buena Fe deberán ser certificadas por las respectivas  Federaciones. En cuanto a la legitimidad de los jugadores declarados, no se exime de responsabilidad al club que los incluya indebidamente. La CABB resolverá cualquier cuestión que se plantee al respecto.

Artículo 13: La delegación oficial de cada club estará integrada por diecisiete (17) personas con un máximo de doce (12) jugadores, la planilla de juego deberá estar integrada por:

a)    Un máximo de nueve (9) jugadores mayores de 19 años.

b)   Un mínimo de cuatro (4) jugadores mayores de 19 años.

c)    Los restantes completados con jugadores de hasta dieciocho (19) años en las condiciones del inciso a) del artículo 12.

Artículo 14: Tanto en planilla como en cancha no podrá haber menos de nueve (9) jugadores al comenzar el partido.

CAPÍTULO III

DE LOS ESTADIOS Y ELEMENTOS DE JUEGO.

Artículo 15: Los Clubes en el acto de la inscripción deberán designar las canchas en las que actuarán como local y las alternativas, debiendo observar lo siguiente:

a)    Estadio cubierto.

b)   Reloj de 24″ visible para jugadores y de cuenta regresiva y freno.

c)    Tablero electrónico visible.

d)    Canchas de medidas reglamentarias, marcadas conforme a las Reglas Oficiales vigentes.

e)    Baranda perimetral que divida al público del lugar de juego.

f)     Piso deportivo.

Artículo 16: Si el club no es propietario del estadio donde actuará como local deberá presentar un convenio con la entidad propietaria por el cual ésta cede sus instalaciones por todo el tiempo que dure el Campeonato. Igual convenio deberá presentar por el estadio que designe como alternativo.

Artículo 17: Las sanciones aplicadas por el Tribunal Disciplinario consistente en clausura de cancha en condición de local, por transgresiones originadas en partidos del Campeonato, serán cumplidas por los clubes sancionados jugando en una cancha neutral y habilitada de acuerdo a lo que estipule el Código de Penas de la CABB (CP/CABB). El club sancionado deberá resarcir al club visitante los gastos, daños y perjuicios que resultaren de cubrir la distancia extra hasta la cancha donde se juega el partido.

CAPÍTULO IV

DE LOS RECURSOS – DE LOS GASTOS – DE LOS ARANCELES

Artículo 18: El club local percibirá el total de la recaudación, cualquiera sea el concepto (entradas generales, plateas, abonos, donaciones, publicidad, etc.), siendo el responsable del pago de aranceles, gastos, impuestos y toda erogación que origine la realización del partido. También se debe abonar los gastos de traslado, alojamientos y aranceles de los Jueces y del Comisionado Técnico. El club local deberá disponer de una estática en alguno de los laterales del piso deportivo a disposición de la CABB.

Artículo 19: Toda protesta deberá acompañarse del arancel correspondiente fijado por CABB bajo apercibimiento en caso de omisión, de rechazarse sin sustanciación.

CAPÍTULO V

DEL COMISIONADO TÉCNICO – JUECES – AUTORIDADES DEL PARTIDO

Artículo 20: La Confederación Argentina de Básquetbol designará Comisionados Técnicos para los partidos, quienes actuarán como autoridad de contralor del encuentro y presidirán la Mesa de Control.

Artículo 21: El club local deberá proveer todos los Oficiales de Mesa con carné habilitante de la CABB. Si el equipo visitante presenta oficial de mesa habilitado, éste tiene derecho a actuar como apuntador. Las Regiones organizarán las Clínicas de habilitación necesarias.

Artículo 22: Los gastos de traslado del Comisionado Técnico y de los Jueces, por vía terrestre,  se percibirán mediante entrega de los correspondientes comprobantes, el alojamiento y alimentación de éstos están a cargo del club local.

Artículo 23: La planilla original del partido será enviada  por el  Comisionado Técnico  a la CABB por Fax, antes de la hora 12 del primer día hábil siguiente a la disputa del partido, remitiendo las planillas técnicas, planillas de gastos y el original de la planilla por correo. Asimismo el Comisionado Técnico será responsable de percibir y depositar en la cuenta de CABB el arancel por partido.

Artículo 24: El club local y organizador dispondrá.

a)    Una persona que actúe como Intendente de Cancha, el que deberá estar presente dos (2) horas antes del inicio del partido y permanecerá hasta la finalización del mismo, actuando a las órdenes de los Jueces y el Comisionado Técnico, quien habilitará el estadio una hora antes del inicio del partido y de los Jueces, proveyendo los elementos necesarios y corrigiendo cualquier desperfecto en las instalaciones.

b)   De la necesaria y suficiente presencia policial uniformada, tres (3) como mínimo y más según las previsiones que corresponda efectuar conforme a las expectativas del partido.

c)    Dos (2) personas para confeccionar la Planilla Técnica del partido.

CAPÍTULO VI

DE LOS PARTIDOS – PUNTAJES – PROTESTAS

Artículo 25: Conforme a lo determinado por las Reglas de la FIBA sobre clasificación de equipos y a lo que al efecto disponga el  Tribunal Disciplinario de la CABB, se procederá de la siguiente manera:

a)    Los puntos se adjudicarán a razón de dos (2) por cada partido ganado, un (1) punto por cada partido perdido y cero (0) punto por cada partido por “NO-PRESENTACIÓN” y/o por la decisión del Tribunal Disciplinario.

b)   Si al final de una fase o competencia se produce un empate en el mismo número de puntos, se procederá de la forma que se menciona en los artículos siguientes.

Artículo 26: EMPATE DE “DOS EQUIPOS”

a)    Será ganador el equipo que hubiera obtenido mayor cantidad de puntos en los partidos jugados entre sí.

b)   Si ganó un partido cada uno, será ganador el que tenga mejor gol promedio.

c)    Si subsistiera la igualdad se  disputará un   tercer partido  en  cancha a convenir entre ellos. De no haber acuerdo de partes, la cancha será neutral, y el partido programado a cargo por la CABB.

Artículo 27: EMPATE ENTRE “TRES 0 MÁS EQUIPOS”

a)    Se establecerá una segunda clasificación, computándose los partidos jugados entre los equipos empatados con igual número de puntos.

b)   Si subsistiera el empate, se clasificará a los equipos según su mejor gol promedio, considerando solamente partidos jugados entre sí.

c)    Si aún subsistiera el empate, la clasificación se realizará por gol promedio computándose todos los partidos jugados por los equipos empatados en la fase en que se produce el empate.

Artículo 28: El gol promedio (o Gol Average) se obtiene dividiendo la suma de los goles a favor con la suma de los goles en contra.

Artículo 29: Si uno o más de los equipos que empataron la posición hubiera perdido algún partido en la fase con cero punto, al realizarse el desempate pasará a ser clasificado en el último lugar entre los que empataron.

Artículo 30: Toda institución que se considere damnificada y que tenga un interés legítimo de solicitar la adjudicación de los puntos en disputa de un partido que hubiese jugado, dentro del término establecido, podrá impugnar la validez y el resultado del mismo efectuando una PROTESTA por todo hecho punible y en consecuencia susceptible de ser sancionado conforme a las normas emanadas del Código de Penas, Reglamentos y demás disposiciones vigentes que se hubieren adoptado por la Confederación Argentina de Básquetbol.

Requisitos de admisión: Son requisitos indispensables, para la admisibilidad de las protestas:

a)    Con carácter previo, abonar el arancel que hubiere dispuesto la Confederación Argentina de Básquetbol anualmente.

b)   La presentación deberá efectuarse dentro de las veinticuatro horas hábiles del momento que finalizara el partido en cuestión, ante la CABB.

c)    Presentarla por escrito, y en tres copias, debiendo ser suscripta por las autoridades habilitadas estatutariamente, reconocidas por la CABB o sus afiliadas directa o indirectamente. O bien por sus apoderados o representantes legales facultados para realizar dicho acto.

d)    Acompañar todas las pruebas instrumentales que estuviesen en su poder.

e)    la elevación deberá contener:

1. Individualización en forma clara y precisa de los imputados si los hubiere.

2. Relación circunstanciada del o los hechos reputados punibles.

3. Las disposiciones reglamentarias que sustentan su petición.

4. La petición en términos claros y precisos.

In admisión de la Protesta: En caso de incumplimiento a lo dispuesto en los incisos: a), b) y e), el T.D. procederá sin substanciación alguna, al desestimamiento de la protesta incoada.

En los demás casos, fijará un plazo de hasta cuarenta y ocho horas. Para subsanar los errores formales de la presentación, bajo el apercibimiento de tenérsela por no presentada; el que se hará efectivo en caso de incumplimiento,

Traslado de la protesta: De la protesta incoada se correrá vista a la parte inculpada, poniéndose a su disposición las copias de traslado aportadas por el protestante, por el término de hasta setenta y dos horas.

Devolución del arancel abonado: De prosperar la protesta con fallo favorable, le será devuelto y cargado a la institución que le resulte desfavorable, sin perjuicio de otras sanciones que le pudiere corresponder.

Si no prosperara la protesta la institución responsable de su presentación, abonará los gastos que se hubieren originado a raíz de la misma, perdiendo además el arancel abonado.

Atento a la modalidad de disputa de los partidos y campeonatos el T.D., podrá modificar los términos de tiempo ut supra mencionados.

CAPÍTULO VII

CLUBES QUE ABANDONAN LA COMPETENCIA

Artículo 31: El club que hiciera abandono del campeonato durante la disputa de cualquiera de las instancias, deberá abonar una indemnización a favor de los clubes perjudicados consistentes en un importe igual a mil (1.000) litros de Nafta Súper YPF por partido que haya jugado como local. Además quedará inhabilitado para participar en el Campeonato Argentino por los 2 (dos) años siguientes, sin perjuicio de aplicársele las sanciones que pudieran corresponderle, según el Código de Penas de la CABB.

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Lista de Buena Fe de los equipos tucumanos:

● Tucumán BB:

DNI APELLIDO Y NOMBRES F.NAC. A.
1 32.829.199 ALZOGARAY ARMANDO 20/10/1986 23
2 31.836.790 BEGUERIE DANIEL 13/02/1986 24
3 32.132.916 BONO ALBERTO 10/02/1986 24
4 35.192.268 DIAZ BARROS LUIS 23/10/1990 19
5 35.029.846 FLORES GONZALO 29/06/1990 19
6 31.134.470 LOPEZ CARRIZO JAVIER 11/11/1984 25
7 27.772.847 LORENZETTI MARIO 10/01/1980 30
8 34.621.748 MARCHETTI NAHUEL 26/05/1989 20
9 30.347.089 PIUMA MARCELO 29/12/1983 26
10 26.857.368 SCHNEIDER MILTON 13/04/1977 32
11 32.775.477 SORIA CRISTIAN 04/04/1987 22
12 21.829.417 VALDEZ RUBEN 17/04/1971 38
13 27.962.042 VELASCO ESTEBAN 25/04/1980 29
14 25.862.022 VILDOZA SILVIO 03/01/1978 32
1 36.839.186 ABDALA GUILLERMO 13/10/1992 17
2 39.478.597 ABDALA SANTIAGO 23/01/1996 14
3 38.509.423 BURGOS HERNAN 22/09/1984 25
4 37.656.344 CHAR BODEGUE LUCIANO 26/12/1993 16
5 37.423.598 CRIADO JOSE 06/12/1993 16
6 37.311.619 DANNA JESUS 04/03/1993 17
7 39.358.834 HUBER FRANCO 14/11/1995 14
8 39.138.808 LOZYNKO NICOLAS 10/06/1995 14
9 36.668.027 MADROÑERO LEANDRO 28/12/1991 18
10 38.488.217 MANCA RODRIGO 23/12/1994 15
11 36.867.775 MARTIN FRANCO 03/10/1992 17
12 36.049.423 MARTINEZ FEDERICO 13/06/1991 18
13 39.447.206 QUIROGA PABLO 15/01/1996 14
14 36.839.069 RODRIGUEZ JAVIER 21/09/1992 17
15 37.997.723 SORIA GONZALO 03/06/1994 15
16 39.978.895 SUAREZ LEANDRO 24/07/1996 13
17 37.656.172 SUAREZ LUCAS 13/12/1993 16
18 39.355.796 VILDOZA JUAN 26/10/1995 14
19 38.248.236 VILDOZA LEANDRO 02/11/1994 15

● Estudiantes (Tucumán)


DNI APELLIDO Y NOMBRES F.NAC. A.
1 27.370.518 AGUILAR JUAN 19/04/1979 30
2 25.380.506 BURGOS CARLOS 02/05/1976 33
3 29.060.858 CHAVEZ PEDRO GABRIEL 07/11/1981 28
4 32.460.165 CLEMENTE ALEXIS 08/12/1987 22
5 28.681.391 FLORES JUAN PABLO 30/03/1981 28
6 33.815.589 INOCHEA FAUSTO 22/09/1988 21
7 32.412.370 PANTALENA MANUEL 30/05/1986 23
8 30.507.660 PEREZ LAURENTI LUCIANO 22/11/1983 26
9 31.274.740 RIVAROLA DARIO 11/08/1983 26
10 29.060.796 ROBLES ANIBAL 26/10/1981 28
11 28.680.663 TORRES MARCELO 12/02/1981 29
12 28.680.090 VEGA LUCAS DANIEL 04/01/1981 29
13 33.755.357 VERA MARCOS SEBASTIAN 16/07/1988 21
14 22.785.869 WEINSTEIN GUSTAVO 21/12/1972 37
1 38.115.432 ACOSTA GABRIEL 28/06/1994 15
2 36.866.810 CAMARA MARTIN 02/07/1992 17
3 37.508.343 CUVA MAXIMILIANO 11/05/1993 16
4 37.658.732 DECIMA SANTIAGO 25/02/1994 16
5 37.497.245 DIAZ HUGO HERNAN 09/09/1993 16
6 37.191.332 MOEREMANS SEBASTIAN 06/01/1993 17
7 37.310.080 NELEGATTI JESUS 20/01/1993 17
8 38.118.725 PALACIO EXEQUIEL 22/06/1992 17

●Alberdi (Tucumán)

DNI APELLIDO Y NOMBRES F.NAC. A.
1 29.338.385 AHUMADA GUSTAVO JAVIER 09/03/1981 28
2 23.930.230 AHUMADA LUIS 08/02/1974 36
3 32.413.870 ARGAÑARAZ BUGGIONI LUIS 26/09/1986 23
4 23.519.827 DIAZ «ARI» 03/03/1974 36
5 30.117.396 FARES JORGE ENRIQUE 30/03/1983 26
6 32.429.170 GAMBOA FEDERICO 24/07/1986 23
7 31.178.519 GARNICA RAFAEL GUIDO 14/09/1984 25
8 35.064.150 KOLKRICH GONZALO B. 13/04/1990 19
9 31.003.673 LORU CESAR JUAN JOSE 24/08/1984 25
10 32.460.057 MOLINA FEDERICO 12/10/1986 23
11 29.997.623 ORTEGA PABLO 11/01/1983 27
12 33.128.568 PEREZ MARCOS ALEXIS 26/09/1987 22
13 33.011.997 PERRONI JOSE 11/08/1987 22
14 34.445.953 ZAMUDIO PARRY JORGE NICOLAS 02/05/1989 20
1 36.865.657 DIAZ FRANCO 12/05/1992 17
2 39.138.270 FERRAN GOMEZ IGNACIO 13/06/1995 14
3 42.407.127 FRONTINI DAVID 26/01/1993 17
4 38.116.611 GALILEA JUAN 17/01/1994 16
5 36.865.377 GALILEA SANTIAGO 07/04/1992 17
6 42.121.789 GENERO CRISTIAN 24/04/1997 12
7 38.250.310 GENERO GONZALO 13/08/1994 15
8 38.246.852 IBAÑEZ GABRIEL 24/01/1994 16
9 37.935.624 MIRANDA ANDRADA GERARDO 07/08/1993 16
10 38.488.313 NACUSSE JOSE 29/12/1994 15
11 36.049.006 OCARRANZA HECTOR LEANDRO 07/03/1991 18
12 35.199.811 OSORES SEBASTIAN WALTER 10/01/1991 19
13 40.530.238 PUNTANO EDUARDO 06/01/1992 18
14 38.488.552 SALVATIERRA JORGE 06/01/1996 14
15 35.517.310 SIRIMALDI DANTE 15/02/1991 19

● Talleres (Tucumán)

DNI APELLIDO Y NOMBRES F.NAC. A.
1 28.546.077 CHALFUN PATRICIO 17/01/1981 29
2 28.369.592 GARCIA ADRIAN 01/01/1981 29
3 33.977.499 JULIAN IVAN LUIS 16/09/1988 21
4 28.759.751 MATEO LEANDRO 30/03/1981 28
5 30.276.335 MENZA GABRIEL 01/05/1983 26
6 25.480.004 PERMAN MATIAS 30/08/1976 33
7 32.927.051 RODRIGUEZ ALVARO 22/08/1987 22
8 33.541.444 SOLORZANO AYUSA JERONIMO 05/07/1988 21
9 30.087.928 SUDOL VICTOR 20/04/1983 26
10 28.704.004 TAGLIOTTI MARIANO 04/06/1981 28
11 27.595.355 VALDIVIA GERMAN AGUSTIN 12/07/1980 29
12 31.948.810 WALTER PABLO 03/03/1986 24
1 37.457.961 ARGAÑARAZ BRUNO 13/09/1993 16
2 37.310.209 BRITO SERGIO MIGUEL 27/10/1992 17
3 37.191.220 CORONEL LEANDRO MATIAS 18/12/1992 17
4 35.523.508 ORRESTA ROBERTO DANIEL 26/04/1991 18
5 37.503.074 ORRESTA SEBASTIAN 06/05/1993 16
6 37.503.076 SOLORZANO AYUSA LAUTARO 12/01/1993 17

● Asociación Mitre (Tucumán)

DNI APELLIDO Y NOMBRES F.NAC. A.
1 32.583.575 ALBORNOZ IVAN ARNALDO 05/11/1986 23
2 31.842.654 AVILA MATIAS ALFREDO 13/12/1985 24
3 20.941.249 BOMONE DARIO D. 27/10/1969 40
4 33.703.460 BORDIER TITO ORLANDO 30/04/1988 21
5 31.426.411 DEL ANGEL MATIAS 09/05/1985 24
6 34.127.630 DIP FADEL JORGE ALEJANDRO 04/02/1989 21
7 26.408.640 MALDONADO MARIANO A. 16/01/1978 32
8 30.533.499 MARTIN JESUS 27/04/1984 25
9 33.890.912 MARTINEZ GABRIEL MATIAS 29/09/1988 21
10 24.802.073 ORTIZ LUIS 11/06/1975 34
11 30.241.179 OVEJERO WALTER JOSE 02/06/1983 26
12 28.791.932 POMARES DANIEL A. 02/07/1981 28
13 33.041.006 PONCE MARCOS 18/01/1987 23
14 17.561.643 VELAZQUEZ CARLOS HIPOLITO 30/01/1966 44
1 35.053.451 CHAILE ROBERTO EZEQUIEL 17/02/1991 19
2 36.584.427 DIP FADEL DANIEL OMAR 04/01/1992 18
3 36.836.843 FRANKENBERGER MAURICIO 06/03/1992 17
4 36.756.722 LESCANO FABRICIO A. 18/11/1991 18
5 37.507.919 LESCANO GONZALO EMANUEL 23/12/1992 17
6 37.512.288 MARTINEZ FERNANDEZ JOSE MARIA 25/09/1993 16
7 38.184.384 MURUAGA JUAN PABLO 23/06/1993 16
8 37.457.970 ROQUÉ MAXIMILIANO JORGE 09/09/1993 16
9 37.822.941 VELAZQUEZ LUCAS 03/04/1994 15

● Atlético Tucumán (Tucumán)

DNI APELLIDO Y NOMBRES F.NAC. A.
1 28.884.412 BARROS FABIAN 22/07/1981 28
2 33.884.185 BUSTOS GONZALO 14/11/1988 21
3 33.973.602 CONTAR ULISES 20/03/1988 21
4 34.202.903 DIAZ JAVIER 25/09/1989 20
5 33.977.526 GARCIA CARLOS 26/09/1988 21
6 34.186.654 GONZALEZ RAFFO LUCAS 06/02/1990 20
7 30.442.875 INOCHEA MARIANO 24/09/1983 26
8 31.323.754 MARTINEZ JOSE 09/01/1985 25
9 31.736.453 PACHECO OMAR 21/05/1985 24
10 27.651.113 QUIROGA DIEGO 11/10/1979 30
11 32.501.454 SORAIRE FEDERICO 14/12/1986 23
12 32.110.586 VALDEZ NAHUEL 28/01/1986 24
13 34.186.927 VASILIAUSKAS SEBASTIAN 14/03/1990 19
1 35.484.818 FERNANDEZ MATIAS 17/01/1991 19
2 35.959.062 GOBBATO LUCAS 22/03/1991 18
3 37.656.361 GONZALEZ RAFFO FRANCO 24/12/1993 16
4 35.814.837 JEREZ PEDRO 07/04/1991 18
5 36.584.349 JUAREZ BRUNO 04/02/1992 18
6 37.191.010 VAZQUEZ FRANCO 08/12/1992 17

Por Edgardo G.

3 comentarios

  1. si los clubes no querian q el decano participe, hago una pregunta :¿ como es posible que un equipo del PAMI ( los de la plazoleta ) no le den lugar a los jovenes a participar en esta liga y sigan jugando los mismos de siempre.
    estos archijugadores estan invitados a participar en el proximo campeonato de VETERANOS
    aguante el deca

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