HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS DE LA A.T.B – BOLETIN N° 21/2010.-
En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los 04 días del mes de Octubre de 2.010, siendo las 20:00 hs. se reúne el H.T.P., conformado de la siguiente manera: DR. MARTIN PICON, DR. HORACIO GUILLEN, DR. MATIAS GALIANO, DR. GONZALO RODRIGUEZ, DR. SEBASTIAN VILLAFAÑE, los cuales resuelven lo siguiente:
AUTOS Y VISTAS.-
PARTIDO 13 DE MAYO VS. CENTRALCORDOBA. Categoría CADETES. De fecha 27/09/10. Conforme informe elevado por los árbitros GALVAN Y CISNEROS M., se solicita descargo al Jugador LINARES E. – CAMISETA 13 – CARNET 796 del CLUB CENTRAL CORDOBA, a fin de que exponga lo sucedido en el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 08 de Octubre a 20:00 hs.
PARTIDO J.B. ALBERDI VS. JUVENTUD UNIDA. Categoría INFANTILES. De fecha 25/09/10. Conforme informe elevado por los árbitros GAUNA S. Y LOPEZ, se solicita descargo al CLUB JUVENTUD UNIDA, a fin de que exponga porque no se jugo el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 08 de Octubre a 20:00 hs.
PARTIDO HURACAN BB VS. BARRIO JARDIN. Categoría JUVENILES. De fecha 30/09/10. Conforme informe elevado por los árbitros GALVAN E INOCHEA, se solicita descargo al Jugador CORDOBA W. – CAMISETA 09 – CARNET 070 del CLUB HURACAN BB, a fin de que exponga lo sucedido en el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 08 de Octubre a 20:00 hs.
PARTIDO 13 DE MAYO VS. SAN CAYETANO. Categoría . De fecha 29/09/10. Conforme informe elevado por los árbitros BENEDEK Y BARRIONUEVO, se solicita descargo a los JUGADORES QUIROGA D. – CARNET 113 Y ROMANO J. – CARNET 728 ambos del CLUB SAN CAYETANO, a fin de que exponga lo sucedido en el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 08 de Octubre a 20:00 hs.
PARTIDO TUCUMAN BB VS. INDEPENDIENTE. Categoría JUVENILES. De fecha 30/09/10. Conforme informe elevado por los árbitros GALVAN Y LOPEZ, se solicita descargo al Director Técnico ORTIZ del CLUB INDEPENDIENTE, a fin de que exponga lo sucedido en el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 08 de Octubre a 20:00 hs.
RESOLUCIONES DEL H.T.P.-
PARTIDO INDEPENDIENTE VS. J. B. ALBERDI. Categoría PRIMERA. De fecha 21/09/10. VISTO informe elevado por los árbitros BRISEÑO A. Y CISNEROS M. CONSIDERANDO que la actitud en que incurrió el Director Técnico ARIEL ORTIZ del CLUB INDEPENDIENTE, se encuentra prevista y tipificada en el Art. 106 inc. E, debido a la protesta aireada e irrespetuosa para con los fallos de los árbitros, a mas de ello que en su condición el mismo debería apaciguar los ánimos en un encuentro y no incitar tanto a su equipo como a su parcialidad a exacerbar los mismos. A tener en cuenta que el Sr. Ortiz no presento descargo haciendo caso omiso al pedido del Tribunal. Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
APLICAR la multa de 6 (seis) AJC al Director Técnico ORTIZ ARIEL del CLUB INDEPENDIENTE, dicha sanción debera hacerse efectiva dentro de las 48 de notificada la presente. Asimismo no dando cumplimiento el inculpado sera responsable el CLUB conforme lo establecido por el Codigo de la C.A.B.B.
PARTIDO TALLERES VS. TUCUMAN BB. Categoría JUVENILES. De fecha 16/09/10. VISTO informe elevado por los árbitros BRISEÑO Y NUÑEZ. CONSIDERANDO que la conducta del Jugador RODRIGUEZ D. – Casaca N° 10 – del CLUB TALLERES se encuentra tipificada en el Art. 106 inc E., debido a que le mismo protesto de manera irrespetuosa los fallos arbitrales. Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
APLICAR la pena de 4 (cuatro) partidos al Jugador RODRIGUEZ D.- Casaca N° 10 – del CLUB TALLERES.
SOLICITUD DE CONMUTACION DE PENAS PRESENTADA POR EL CLUB REDES ARGENTINAS – NOTA N° 17.559.-
A la solicitud presentada por el Club Redes Argentinas, no hacer lugar conforme a lo expresado en la parte de los considerandos en la oportunidad de fallara al respecto.-
__________ _____________
Dr. Guillen. Matías Galiano
________________ _______________
Gonzalo Rodríguez Sebastián Villafañe.-
……………………………………………………………………………………………….
HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS DE LA A.T.B. BOLETIN N° 22/2010.-
En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los 14 días del mes de Octubre de 2.010, siendo las 20:00 hs. se reúne el H.T.P., conformado de la siguiente manera: DR. MARTIN PICON, DR. HORACIO GUILLEN, DR. MATIAS GALIANO, DR. GONZALO RODRIGUEZ, DR. SEBASTIAN VILLAFAÑE, los cuales resuelven lo siguiente:
AUTOS Y VISTAS.-
PARTIDO ALDERETES VS. CENTRALCORDOBA. Categoría PRIMERA. De fecha 04/10/10. Conforme informe elevado por los árbitros HUACOLLO Y SULTANI, se solicita descargo al Sr. Gonzalez Luis, Jugador de Juveniles del Club Alderetes y al CLUB ALDERETES, a fin de que exponga lo sucedido al finalizar el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 18 de Octubre a 20:00 hs.
RESOLUCIONES DEL H.T.P.-
PARTIDO 13 DE MAYO VS. CENTRALCORDOBA. Categoría CADETES. De fecha 27/09/10. VISTO informe elevado por los árbitros GALVAN Y CISNEROS M. y descargo del Jugador LINARES E. – CAMISETA 13 – CARNET 796 del CLUB CENTRAL CORDOBA. CONSIDERANDO que la conducta del Jugador LINARES se encuentra tipificada en el Art. 106 inc E., debido a que le mismo protesto de manera irrespetuosa los fallos arbitrales. Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
APLICAR la pena de 4 (cuatro) partidos al Jugador LINARES E. – CAMISETA 13 – CARNET 796 del CLUB CENTRAL CORDOBA.
PARTIDO J.B. ALBERDI VS. JUVENTUD UNIDA. Categoría INFANTILES. De fecha 25/09/10. VISTO informe elevado por los árbitros GAUNA S. Y LOPEZ y descargo del CLUB JUVENTUD UNIDA.- CONSIDERANDO que la falta de alguno de los elementos necesarios para el normal desarrollo del encuentro, hace imposible la iniciación del mismo, y como consecuencia la perdida de puntos al equipo que no cuente con los mismos. Ello debido a que el Club debe contar con todos los elementos necesarios para el normal desarrollo del juego. La falta de identificación (carnet de socios) por parte del CLUB JUVENTUD UNIDA, se encuentra previsto en el Art. 71 inc. A. 3) 2) (1).
Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
CONFORME AL ART. 71 INC. A 3) 2) (1) DAR POR PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB INFRACTOR JUVENTUD UNIDA (CERO PUNTO).
PARTIDO HURACAN BB VS. BARRIO JARDIN. Categoría JUVENILES. De fecha 30/09/10. VISTO informe elevado por los árbitros GALVAN E INOCHEA, y descargo del Jugador CORDOBA W. – CAMISETA 09 – CARNET 070 del CLUB HURACAN BB. CONSIDERANDO que la actitud en que incurrió el Jugador se encuentra normada en el Art. 108 inc. A).- debido a que el mismo agredió de hecho a un jugador contrario, el inculpado reconoce en su descargo su intempestiva reacción. Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
APLICAR la pena de 8 (ocho) partidos al Jugador CORDOBA W. – CAMISETA 09 – CARNET 070 del CLUB HURACAN BB.
PARTIDO 13 DE MAYO VS. SAN CAYETANO. Categoría . De fecha 29/09/10. VISTO informe elevado por los árbitros BENEDEK Y BARRIONUEVO, y los descargos de los JUGADORES QUIROGA D. – CARNET 113 Y ROMANO J. – CARNET 728 ambos del CLUB SAN CAYETANO. CONSIDERANDO que la conducta de los Jugadores del CLUB SAN CAYETANO se encuentra tipificada en el Art. 105 inc E., debido a que ambos jugadores fueron expulsados del partido por sendos foul descalificador.. Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
APLICAR la pena de 3 (tres) partidos a los Jugadores QUIROGA D. – CARNET 113 Y ROMANO J. – CARNET 728 ambos del CLUB SAN CAYETANO.-
PARTIDO TUCUMAN BB VS. INDEPENDIENTE. Categoría JUVENILES. De fecha 30/09/10. VISTO informe elevado por los árbitros GALVAN Y LOPEZ, y descargo al Director Técnico ORTIZ del CLUB INDEPENDIENTE. CONSIDERANDO que la actitud en que incurrió el Director Técnico ARIEL ORTIZ del CLUB INDEPENDIENTE, se encuentra prevista y tipificada en el Art. 106 inc. E, debido a la protesta aireada e irrespetuosa para con los fallos de los árbitros, a mas de ello, el Sr. Ortiz Ariel ya se encontraba sancionado por este H.T.P., entendiendo que el mismo seria reincidente por lo que la pena se agrava, ello conforme al Art. 42 del Codigo de Penas de la C.A.B.B.
A la nulidad planteada, no hacer lugar debido a que los considerandos expuestos carecen de fundamentos fácticos. Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
APLICAR la pena de 8 (ocho) partidos al Director Técnico ORTIZ ARIEL del CLUB INDEPENDIENTE.-
__________ _____________
Dr. Guillen. Matías Galiano
________________ _______________
Gonzalo Rodríguez Sebastián Villafañe.-
……………………………………………………………………………………………….
HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS DE LA A.T.B. BOLETIN N° 23/2010.-
En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los 21 días del mes de Octubre de 2.010, siendo las 20:00 hs. se reúne el H.T.P., conformado de la siguiente manera: DR. HORACIO GUILLEN, DR. MATIAS GALIANO, DR. GONZALO RODRIGUEZ, DR. SEBASTIAN VILLAFAÑE, los cuales resuelven lo siguiente:
AUTOS Y VISTAS.-
PARTIDO ALBERDI VS. INDEPENDIENTE. Categoría PRIMERA. De fecha 18/10/10. Conforme informe elevado por los árbitros GAUNA S. Y BARIONUEVO, se solicita descargo al Sr. UNLAMDT J. – CARNET N° 493 – del CLUB INDEPENDIENTE, a fin de que exponga lo sucedido al finalizar el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 25 de Octubre a 20:00 hs.
PARTIDO ALBERDI VS. INDEPENDIENTE. Categoría JUVENILES. De fecha 18/10/10. Conforme informe elevado por los árbitros INOCHEA Y CISNEROS, se solicita descargo al Sr. OCARANZA H. – CARNET N° 006 – del CLUB ALBERDI, a fin de que exponga lo sucedido al finalizar el encuentro de referencia, conforme lo dispuesto por el Código de Procedimiento en sus arts. de rito. Dicho descargo deberá ser presentado hasta el día 25 de Octubre a 20:00 hs.
RESOLUCIONES DEL H.T.P.-
PARTIDO ALDERETES VS. CENTRALCORDOBA. Categoría PRIMERA. De fecha 04/10/10. VISTO informe elevado por los árbitros HUACOLLO Y SULTANI y descargo del Sr. Gonzalez Luis, Jugador de Juveniles del Club Alderetes, como también del CLUB ALDERETES. CONSIDERANDO que la conducta en que incurrió el simpatizante del Club Alderetes se encuentra tipificada en el Art. 83 inc. B del Codigo de Penas, ello debido a que el mismo incurrió en agresión de hecho al aplicar conforme su descargo golpe de puño a un Jugador del Club Visitante. Asimismo, le cabe la sanción al Club Alderetes conforme el Art. 60 inc. C) – 2).- debido a la falta en su regla de comportamiento para con el Club Visitante, a mas de las agresiones sufridas y falta de garantías.
Por lo expuesto, este H.T.P. RESUELVE:
APLICAR la pena de 1 (uno) año de suspensión al Sr. LUIS GONZALEZ, no pudiendo ingresar a ninguna cancha a espectar partidos programados por la A.T.B.B.
APLICAR al CLUB ALDERETES la multa de 10 (diez) AJC, la misma sanción deberá ser cumplida en el plazo de 48 hs. de notificada la presente.-
__________ _____________
Dr. Guillen. Matías Galiano
________________ _______________
Gonzalo Rodríguez Sebastián Villafañe.-
Debe estar conectado para enviar un comentario.